Con el cambio de sexo al cual se ha favorecido por medio de un amparo judicial a Flor de la V (Roberto Carlos Trinidad) pudo cambiar su sexo en su partida de nacimiento de Masculino a Femenino se me ha ocurrido la siguiente paradoja. Plantearemos una situación hipotética: Supongamos que en un ataque de divismo flor de la V le pega a una compañera de trabajo (mujer biológica y no por adopción). En la justicia argentina cuando un hombre golpea a una mujer se lo considera violencia de género. ¿Pero en este caso, que es? Si un tribunal juzga a flor de la V por violencia de género incurriría en discriminación por no reconocer su elección sexual, ya que según su partida de nacimiento es mujer y al no reconocerla como tal las hordas represoras de lesbianas y travestis del INADI haran saber su desacuerdo. Pero por otro lado biológicamente no es una mujer, pues tiene pene y la fuerza de un hombre que puede abusar de una mujer. Con lo cual se llevaría a una sarta de absurdos lógico-deónticos que malgastarían el dinero de los impuestos para luego quedar impune de culpa y cargo. Este es un ejemplo que muestra cuan absurda y ambigua es la justicia argentina, que a la larga favorece a la impunidad del ladron y del poder en desmedro de los que trabajamos.
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